¿Dónde está el límite de la vigilancia en el lugar de trabajo?

Límite de la vigilancia en el lugar de trabajo:

Partiendo de la base que grabar a tus empleados puede infringir su derecho a la intimidad, la instalación de un sistema de seguridad en una empresa debe deberse a fines concretos y por lo tanto deben estar justificados.

La ley LOPD 15/1999 es la que se encarga de sancionar cualquier uso indebido de los datos personales en el ámbito laboral, cada sistema de seguridad instalado para el control laboral debe ajustarse a eso y no al patrimonio de la empresa.

El empresario podrá controlar el trabajo realizado por cada empleado para vigilar por sus derechos. El artículo 22.5 del Proyecto de Ley Orgánica de Protección de Datos dice que los trabajadores tienen el derecho de tratar los datos que son obtenidos a través de las cámaras de seguridad y el empresario debe informar a sus trabajadores sobre ello.

Las imágenes obtenidas en las cámaras de seguridad se corresponderán únicamente a preservar la seguridad de las personas, pero no a otro fin para el que nos haya sido instalada.

Todas las empresas que estén interesadas en la instalación de algún sistema de videovigilancia para el control empresarial y quieran colocar cámaras en sus instalaciones, deberán cumplir con los requisitos que impone la normativa de protección de datos, por lo que los sistemas de videovigilancia, solo se podrán acoger cuando haya relación entre el propósito para el cual se instalaron y la forma de tratar las imágenes.

Si necesitas más información sobre esta normativa puedes visitar la página web de Nasco Asesores.

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